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año:2011
 
unidad:AREA FISC. DE SERVICIOS ECONOMICOS
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

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DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS ECONÓMICOS T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S : http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio No. 13180 23 de diciembre, 2011 DFOE-EC-0669 Ingeniero Enaldo Miranda Cerdas Director Ejecutivo CORPORACIÓN GANADERA Estimado señor: Asunto: Solicitud de ampliación de criterio emitido mediante oficio DFOE-EC- 0211-2011 sobre posibilidad de otorgamiento de préstamos a las Federaciones de Cámaras de Ganaderos y subsidios para la compra de terneros. Nos referimos a su oficio No. CG-ADM-2011-377, mediante el cual nos solicita “(…) ampliación, aclaración o reconsideración del criterio externado en el oficio DFOE-EC- 0211-2011 del 18 de mayo de 2011, en cuanto a la aplicación (…)” del artículo 5 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, No. 7428, por cuanto tras el análisis de nuestro oficio DFOE-EC-2011 arribaron a las siguientes conclusiones: “1. Los fondos de la Corporación Ganadera tiene (sic) una evidente naturaleza pública. 2. A pesar de la naturaleza pública de estos recursos, los fondos de la corporación, al menos aquellos que se perciben a través de cobro por matanza, exportación e importación de ganado en pie, constituyen una contribución parafiscal que ingresa directamente al patrimonio de la Corporación, sin pasar por una norma presupuestaria, por lo tanto CORFOGA no forma parte de la HACIENDA PÚBLICA. 3. La norma del artículo 5 de la LOCGR está claramente dirigida a los componentes de la Hacienda Pública, por lo que no es aplicable a la Corporación Ganadera la limitación o los requisitos legales que ahí se establecen, esto al menos dentro de los alcances del oficio de la CGR en estudio. (…)” Conclusiones a las que arriban tomando como base el oficio de esta Contraloría General No. 12668 (DAGJ-166-2003) del 5 d ...
Fecha publicación: 13/01/2012
Fecha emisión: 23/12/2011
Institución: CORPORACION GANADERA
Emite: AREA FISC. DE SERVICIOS ECONOMICOS
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS ECONÓMICOS T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S : http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio No. 12871 19 de diciembre, 2011 DFOE-EC-0633 Señora Hannia M. Durán Jefe de Área Comisión Permanente de Asuntos Agropecuarios ASAMBLEA LEGISLATIVA Estimada señora: Asunto: Emisión de criterio solicitado por la Asamblea Legislativa, sobre el proyecto de Ley expediente número 18.168 “Ley de Creación de la Oficina Nacional del Frijol”. En atención a su nota AGR-185-2011, nos referimos al texto de Proyecto de ley “Ley de Creación de la Oficina Nacional del Frijol” que se tramita bajo el expediente número 18.168. El objetivo del proyecto, como su mismo nombre lo indica, es la creación de la Oficina Nacional del Frijol (La Oficina), bajo la figura de entidad semiautónoma del Estado1 con personalidad jurídica propia y autonomía funcional y administrativa; a ser dirigida por una Asamblea General de dieciséis delegados2 y una Junta Directiva conformada por nueve miembros3. Las principales funciones de esta oficina serían la fijación de precios y el control del mercado del frijol desde su siembra hasta su venta al consumidor final;4 y su funcionamiento sería financiado mediante el establecimiento de un impuesto sobre el precio del frijol entregado, que deberán pagar por partes iguales el agricultor y el industrial5 Si bien el proyecto que nos ocupa representa un esfuerzo por ordenar el mercado del frijol en nuestro país, lo cierto del caso es que hay varios aspectos que generan preocupación a esta Contraloría General, según se expone a continuación: 1 Art. 39 del Proyecto de mérito 2 Art. 5 del Proyecto 3 Art. 12 del Proyecto 4 Art. 10 del Proyecto 5 Art. 24 del Proyecto ...
Fecha publicación: 23/12/2011
Fecha emisión: 15/12/2011
Institución: ASAMBLEA LEGISLATIVA
Emite: AREA FISC. DE SERVICIOS ECONOMICOS
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE PROYECTOS DE LEY


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS ECONÓMICOS T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio No. 12629 14 de diciembre, 2011 DFOE-EC-0621 Señor Jesús Calderón Rojas Imprenta Pococí 175 oeste del Cuerpo de Bomberos GUAPILES, POCOCI Estimado señor: Asunto: Emisión de criterio solicitado por el señor Jesús Calderón Rojas sobre inquietudes relacionadas con el Programa de Reconversión Productiva Nos referimos a su oficio de fecha 20 de octubre del 2011, mediante el cual plantea varias inquietudes relacionadas con los estudios realizados por esta Contraloría General en el Programa de Reconversión Productiva, a cargo del Consejo Nacional de Producción (CNP), y en el Instituto de Desarrollo Agrario (IDA). Como parte introductoria, manifiesta que en los años 1993 y 1994, el Programa de Reconversión Productiva, en asocio con la Asociación de Productores Manos Unidas de Los Angeles de Cariari de Pococí, impulsó un programa de siembra de 780 hectáreas de Raíces y Tubérculos, siendo usted uno de los participantes. Agrega que en su caso, la Asociación Manos Unidas constituyó un fideicomiso con el Banco de Costa Rica, siendo obligatorio conformar una Comisión Mixta como máxima autoridad del fideicomiso, con miembros de la Asociación y del CNP, debiendo tomarse las decisiones por unanimidad, lo que, a su entender, genera una coadministración, por cuanto los administradores del Programa de Reconversión Productiva, tenían el derecho a voto. Concretamente, las interrogantes que plantea son las siguientes: 1. ¿Porqué la Contraloría General, si es cierto que es ilegal la coadministración, permitió que se diera y funcionara esa figura en el fideicomiso suscrito con el Banco de Costa Rica? Para una mayor comprensión del tema, es import ...
Fecha publicación: 19/12/2011
Fecha emisión: 14/12/2011
Institución: PARTICULAR
Emite: AREA FISC. DE SERVICIOS ECONOMICOS
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS ECONÓMICOS T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio No. 12197 2 de diciembre, 2011 DFOE-EC-0590 Licenciada Silma Bolaños Cerdas Jefe de Área COMISIÓN PERMANENTE DE ASUNTOS ECONÓMICOS ASAMBLEA LEGISLATIVA Estimada señora: Asunto: Emisión de criterio sobre los proyectos de ley, Expediente No. 17.971, denominado “Creación del Depósito Libre Comercial en el Área Urbana de Pococí” y Expediente No. 17.936 “Creación del Depósito Libre Comercial en el Área Urbana del Cantón de Upala.” Nos referimos a sus oficios ECO-896-17.971-11 y ECO-972-17.936-11 mediante los cuales solicita el criterio de esta Contraloría General respecto de los proyecto de ley denominados “Creación del Depósito Libre Comercial en el Área Urbana de Pococí” y “Creación del Depósito Libre Comercial en el Área Urbana del Cantón de Upala” que se tramitan bajo los Expedientes No. 17.971 y 17.936 respectivamente. Por tratarse de proyectos prácticamente idénticos y con una clara vinculación entre sí, se unieron ambas gestiones con el propósito de brindar una visión integral del tema. 1. DE LOS PROYECTOS EN GENERAL De la lectura de ambos proyectos de ley, se evidencia que se ha tomado como base para su creación, la Ley Nro. 7012, Ley de Creación del Depósito Libre de Golfito y la Junta de Desarrollo Regional de la Zona Sur de la Provincia de Puntarenas (JUDESUR), por lo que causa honda preocupación a esta Contraloría General que las múltiples deficiencias que contiene esa normativa puedan eventualmente ser repetidas en dos nuevas leyes. En esta misma línea, reiteramos lo ya señalado en nuestro oficio Nro. 07526 (DFOE- EC-0368) del 27 de agosto último y mediante el cual se manifestó el criterio de esta Contraloría Gene ...
Fecha publicación: 09/12/2011
Fecha emisión: 02/12/2011
Institución: ASAMBLEA LEGISLATIVA
Emite: AREA FISC. DE SERVICIOS ECONOMICOS
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE PROYECTOS DE LEY


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS ECONÓMICOS T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio No. 12089 30 de noviembre, 2011 DFOE-EC-0580 Señora Hannia M. Durán Jefe de Área Comisión Permanente de Asuntos Agropecuarios ASAMBLEA LEGISLATIVA Estimado señor: Asunto: Criterio solicitado por la Asamblea Legislativa sobre el proyecto de ley “Modificación del Capítulo IX de la Ley No. 2035, Ley Orgánica del Consejo Nacional de Producción, para conceder personalidad jurídica instrumental a la Fábrica Nacional de Licores”, expediente Nro. 18.202. Nos referimos a su oficio Nro. AGR-218-2011, fechado 3 de noviembre de 2011, recibido en esta Contraloría General el día siguiente, mediante el cual solicita nuestro criterio sobre el proyecto de ley denominado “Modificación del Capítulo IX de la Ley No. 2035, Ley Orgánica del Consejo Nacional de Producción, para conceder personalidad jurídica instrumental a la Fábrica Nacional de Licores”, que se tramita bajo el expediente Nro. 18.202. I. SOBRE EL OBJETO DEL PROYECTO DE LEY En la exposición de motivos del proyecto de ley bajo estudio, se indica que la Fábrica Nacional de Licores (FANAL) “…está cada día más restringida y maniatada por los vaivenes que experimenta cada cuatro años, lo que origina inestabilidad y gran incertidumbre sobre su futuro”, por lo que estiman que se le deben “…quitar las amarras y transformarla en una empresa más sólida con agilidad administrativa, financiera y presupuestaria que permita acceder en forma eficiente y competitiva, en igualdad de condiciones, en el mercado”, siendo que la figura jurídica que encajaría con su carácter de tipo empresarial, es la personalidad jurídica instrumental, para que le permita la administración de sus propios recursos, lograr una ...
Fecha publicación: 06/12/2011
Fecha emisión: 30/11/2011
Institución: ASAMBLEA LEGISLATIVA
Emite: AREA FISC. DE SERVICIOS ECONOMICOS
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE PROYECTOS DE LEY


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS ECONÓMICOS T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S : http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio No. 11356 28 de noviembre, 2011 DFOE-EC-0541 Licenciada Gloria Abraham Peralta Ministra MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA (MAG) Estimada señora: Asunto: Emisión de criterio solicitado por el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), sobre la utilización de recursos del Convenio de Financiación Específico N° DCI-ALA/2008/019-470. Nos referimos a su oficio Nro. DM-572-11, complementado con el oficio Nro. DMR- 653-11, mediante el cual consulta a esta Contraloría General: a. “¿Es legalmente factible la aplicación de los procedimientos de contratación de la Unión Europea, establecidos mediante la “Guía Práctica de los procedimientos contractuales para las acciones exteriores de la Unión Europea”, en las adquisiciones y contratos que se financien con los recursos no reembolsables donados por la Unión Europea en el marco del Convenio de Financiación N°DCI-ALA/2008/019-470 para la ejecuci ón del Proyecto “Apoyo al cumplimiento de las medidas sanitarias y fitosanitarias”, en el entendido de que estos recursos serán incorporados en el presupuesto institucional de SENASA y se movilizarán por medio de cuentas específicas abiertas en caja única del Estado? b. ¿A efecto de movilizar los recursos de la Unión Europea mediante el presupuesto institucional, en este caso de SENASA, éstos se deben aplicar como recursos específicos?” Una vez realizado el análisis de mérito, procedemos a atender sus consultas: Señala en el punto VII de la sección A. Antecedentes de su oficio de consulta1 que: 1 Oficio Nro. DM-572-11 DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE ...
Fecha publicación: 02/12/2011
Fecha emisión: 09/11/2011
Institución: NO APLICA
Emite: AREA FISC. DE SERVICIOS ECONOMICOS
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS ECONÓMICOS T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio No. 12092 30 de noviembre, 2011 DFOE-EC-0581 Licenciada Hannia M. Durán Jefe de Área Comisión Permanente de Asuntos Agropecuarios ASAMBLEA LEGISLATIVA Estimada señora: Asunto: Criterio solicitado por la Asamblea Legislativa sobre el proyecto de ley “Sistema de Registro de Actividades Agrícolas y Pecuarias en el Territorio Nacional”, expediente Nro. 18.167 Nos referimos a su oficio Nro. AGR-222-2011, mediante el cual solicita el criterio de esta Contraloría General, sobre el proyecto de ley “Sistema de Registro de Actividades Agrícolas y Pecuarias en el Territorio Nacional”, que se tramita bajo el expediente Nro. 18.167. I. SOBRE EL OBJETO DEL PROYECTO DE LEY En la exposición de motivos del proyecto de ley bajo estudio, se indica que el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), como rector del sector agropecuario, requiere de información agropecuaria detallada, actualizada, oportuna y de calidad, para la toma de decisiones en el establecimiento de políticas y la aprobación de los más importantes planes, programas y proyectos del sector agropecuario, así como una coordinación y evaluación con la obligada colaboración de los demás organismos que integran el sector. Se manifiesta a su vez que el MAG requiere de esa información para establecer los sistemas de alerta sobre los cambios que se generan en la producción nacional, influenciada por las variaciones en los mercados globales y el cambio climático. Además, se establece la obligatoriedad de que los productores registren sus actividades agrícolas y pecuarias, con el fin de fortalecer las acciones que desarrolla el país hacia el sector agropecuario, lo cual hará ...
Fecha publicación: 01/12/2011
Fecha emisión: 28/11/2011
Institución: ASAMBLEA LEGISLATIVA
Emite: AREA FISC. DE SERVICIOS ECONOMICOS
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE PROYECTOS DE LEY


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS ECONÓMICOS T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S : http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio No. 11390 9 de noviembre, 2011 DFOE-EC-0543 Señora Hannia M. Durán Jefe de Área COMISIÓN PERMANENTE DE ASUNTOS AGROPECUARIOS ASAMBLEA LEGISLATIVA Estimada señora: Asunto: Emisión de criterio solicitado por la Asamblea Legislativa sobre el proyecto de Ley, Expediente No. 18.152, denominado “Reforma de los incisos A) y B) del Artículo 2 de la Ley Nro. 8091, readecuación de la obligación de la Cooperativa Agroindustrial de productores de palma aceitera responsabilidad limitada con el Gobierno de la República, reformada por Ley Nro. 8450, y autorización a JUDESUR para readecuar crédito e intereses de CIPA R.L.” Nos referimos a su oficio AGR-176-2011, mediante el cual solicita el criterio de esta Contraloría General respecto del proyecto de Ley denominado “Reforma de los incisos A) y B) del Artículo 2 de la Ley Nro. 8091, readecuación de la obligación de la Cooperativa Agroindustrial de productores de palma aceitera responsabilidad limitada con el Gobierno de la República, reformada por Ley Nro. 8450, y autorización a JUDESUR para readecuar crédito e intereses de CIPA R.L.” que se tramita bajo el Expediente No. 18.152. Una vez efectuado el análisis de rigor, se encuentra que si bien la posibilidad de aumentar el periodo de gracia concedido a COOPEAGROPAL R.L. para el pago del principal e intereses de la deuda que mantiene con el gobierno, es un tema de discrecionalidad de la Asamblea Legislativa, no debe perderse de vista que los recursos sobre los que nuevamente se estaría otorgando una readecuación y cuya recuperación se ha venido posponiendo desde hace varios años, son públicos. Haciendo una breve recapitulación1: la deuda de COOP ...
Fecha publicación: 21/11/2011
Fecha emisión: 09/11/2011
Institución: ASAMBLEA LEGISLATIVA
Emite: AREA FISC. DE SERVICIOS ECONOMICOS
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE PROYECTOS DE LEY


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS ECONÓMICOS T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio No. 10917 7 de noviembre, 2011 DFOE-EC-0511 Señora Karla Ortíz Ruiz Secretaria Concejo Municipal MUNICIPALIDAD DE LIBERIA Estimado señora: Asunto: Emisión de criterio solicitado por la Municipalidad de Liberia sobre la posibilidad de invertir recursos en fondos de inversión. Con el propósito de que lo haga de conocimiento del Concejo Municipal, damos respuesta a su oficio Nro. D.R.A.M-1237-2011 del 27 de setiembre, recibido vía fax el pasado 11 de octubre, mediante el cual transcribe el acuerdo del Concejo Municipal, según artículo segundo, capitulo segundo, de la sesión ordinaria Nro. 39-2011, celebrada el 26 de setiembre del 2011, en el que se acuerda consultar si ese gobierno local puede invertir recursos en fondos de inversión. Como antecedente aportan el oficio Nro. 07282 (DFOE-ED-0563) del 30 de julio del 2010, emitido por este órgano contralor, dirigido al Banco Popular y de Desarrollo Comunal, en respuesta a una consulta sobre el mismo tema, en el que se indicó, entre otras consideraciones, lo siguiente: “(…) esta Contraloría General no objeta que los órganos públicos inviertan sus recursos en fondos de inversión, salvo aquellas entidades cubiertas por el ámbito de la Autoridad Presupuestaria, debido a las directrices que al efecto ha emitido esa Autoridad. Ahora bien, teniendo claro que la finalidad de las instituciones públicas, de acuerdo con sus leyes orgánicas y razones sociales, no es la inversión de recursos en títulos valores, con excepción de los bancos públicos, quienes, en razón de su actividad, se ven en la necesidad de generar utilidades que le permitan cumplir con los indicadores de suficiencia patrimonial y ...
Fecha publicación: 14/11/2011
Fecha emisión: 07/11/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE LIBERIA
Emite: AREA FISC. DE SERVICIOS ECONOMICOS
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS ECONÓMICOS T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio No. 09953 12 de octubre, 2011 DFOE-EC-0479 Licenciada Eugenia Vargas Guardián Presidenta Ejecutiva INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO (INVU) Estimada señora: Asunto: Criterio solicitado por el Instituto de Vivienda y Urbanismo, sobre vigencia de la resolución emitida por este órgano contralor en el año de 1983 sobre actividades ordinarias de ese instituto. Damos respuesta a su oficio Nro. PE-0224-09-2001 de 21 de setiembre del año en curso, mediante el cual consulta si aún se encuentra vigente la declaratoria de actividad ordinaria emitida por esta Contraloría General el 25 de octubre de 1983 y vinculada con ese Instituto. Ello en cumplimiento del acuerdo Nro. II, inciso 7 de la Junta Directiva del INVU, tomado en la sesión ordinaria Nro. 5843, celebrada el 24 de noviembre del 2010, en el que se le delega a esa Presidencia Ejecutiva presentar la solicitud de marras. I. CRITERIOS LEGALES DE LA INSTITUCIÓN. Como respaldo a la presente gestión, remiten copia del acuerdo Nro. II de la sesión ordinaria Nro. 5843 citada, en donde se conocen dos posiciones jurídicas que difieren entre sí, en relación con la vigencia del acto emitido en el año 1983 antes señalado. Por una parte, el directivo Bertolini Miranda, considera que con la entrada en vigencia de la Ley de Contratación Administrativa, el legislador reguló lo que debe entenderse como actividad ordinaria, por lo que el acto administrativo de aquel entonces perdió su vigencia, de acuerdo con la jerarquía de las normas jurídicas. Por otra parte, la licenciada Lidia González, asesora legal en memorándum DL-580- 2010 del 22 de noviembre del 2010, sostiene la posición ...
Fecha publicación: 18/10/2011
Fecha emisión: 12/10/2011
Institución: INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO
Emite: AREA FISC. DE SERVICIOS ECONOMICOS
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO